Πέμπτη 8 Απριλίου 2010

Resolución Ministerial N° 110-2010-PCM

Conforman comisión de alto nivel encargada de analizar la modificación o disposiciones que correspondan al Decreto de Urgencia N° 012-2010

Resolución Ministerial N° 110-2010-PCM

Lima, 7 de abril del 2010

Visto el Memorándum N° 203-2010- PCM-OGCSS, de fecha 7 de abril del 2010, que propone la conformación de una comisión de alto nivel encargada de analizar el Decreto de Urgencia N° 012-2010.

Considerando:
Que, mediante Decreto de Urgencia N° 012-2010 se declaró de necesidad pública, interés nacional y de ejecución prioritaria el ordenamiento de la minería aurífera en el departamento de Madre de Dios, a fin de garantizar la salud de la población, la seguridad de las personas, la recaudación tributaria, la conservación del patrimonio natural, y el desarrollo de actividades económicas sostenibles;
Que, el artículo 2° de la norma antes citada define que “(...) el ordenamiento minero es el uso y la ocupación del territorio que se le asigna a la actividad minera sobre la base de la zonificación ecológica económica y el catastro minero, para una gestión responsable de los recursos mineros (...)”, cuya implementación comprende la realización de las acciones que en dicha norma se indica;
Que, el Decreto de Urgencia N° 012-2010 contempla una serie de situaciones como es el caso de las zonas de minería aurífera, de exclusión, apoyo técnico para la formalización de la pequeña minería artesanal en Madre de Dios, la recuperación de las zonas degradadas, derechos adquiridos, prohibiciones de uso de dragas y artefactos similares, sanciones y acciones de seguimiento y control:
Que, como resultado de la promulgación del decreto de urgencia, se realizaron diversas propuestas para su implementación, así como se formularon observaciones acerca de su objeto y contenido, lo que dio lugar a que se expida la Resolución Ministerial N° 038-2010-Minam, mediante la cual se precisaron las disposiciones del citado decreto, siendo necesario analizar las modificaciones o disposiciones que correspondan al Decreto de Urgencia N° 012-2010:
Que, resulta conveniente conformar una comisión de alto nivel encargada de analizar las propuestas, iniciativas y sugerencias de modificación o lo que corresponda precisar respecto al Decreto de Urgencia N° 012-2010, integrada por representantes de los sectores correspondientes del Poder Ejecutivo, en la cual también podrán participar representantes de organizaciones relacionados con la actividad de la minería artesanal, así como del Gobierno Regional de Madre de Dios;
Que, de conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2007-PCM y modificado por el Decreto Supremo N° 057-2008-PCM y la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo;

Se resuelve:

ART. 1°.—Conformación de la comisión de alto nivel. (sic) Créase una comisión de alto nivel encargada de analizar la modificación o disposiciones que correspondan al Decreto de Urgencia N° 012-2010.

ART. 2°.—Conformación de la comisión de alto nivel. La comisión de alto nivel estará conformada de la siguiente manera:

- Un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros.
- Un representante del Ministerio de Energía y Minas
- Un representante del Ministerio del Ambiente
- Un representante del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
- Un representante del Ministerio de la Producción
- Un representante del Ministerio de Agricultura
- Un representante de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - Sunat.
También podrán participar en la comisión de alto nivel:
- Un representante del Gobierno Regional de Madre de Dios.
- Cuatro representantes de la Federación Minera de Madre de Dios - Fedemin
- Un representante de la Federación Nacional de Mineros Artesanales - Fenamarpe

ART. 3°.—Designación de representantes. Los representantes titulares y alternos de los sectores del Poder Ejecutivo serán designados mediante resolución ministerial del titular del pliego correspondiente.
El Gobierno Regional de Madre de Dios podrá acreditar a su representante, mediante comunicación oficial dirigida a la Presidencia del Consejo de Ministros.
La Federación Minera de Madre de Dios - Fedemin y la Federación Nacional de Mineros Artesanales - Fenamarpe acreditarán a sus representantes titulares y alternos mediante la comunicación correspondiente.

ART. 4°.—Presidencia y funciones. Corresponderá la presidencia de la comisión de alto nivel al representante de la Presidencia del Consejo de Ministros. Las funciones de la comisión de alto nivel serán establecidas por los miembros que la conforman.

ART. 5°.—Objeto. La comisión de alto nivel tiene como objeto analizar la modificación o lo que corresponda al Decreto de Urgencia N° 012-2010.

ART. 6°.—Plazo. El plazo de vigencia de la comisión de alto nivel será de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de su instalación, a cuyo término emitirá un informe final que contenga la propuesta de modificaciones o propuestas que correspondan al Decreto de Urgencia N° 012-2010.

Regístrese, publíquese y comuníquese.

Javier Velásquez Quesquén
Presidente del Consejo de Ministros

Documento publicado en el Diario Oficial El Peruano el 08 de abril del 2010.

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